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Medición de la Pobreza


La Norma de Escolaridad Obligatoria del Estado Mexicano (NEOEM) establece que la población con carencia por rezago educativo es aquella que cumpla alguno de los siguientes criterios:

  1. Tiene de tres a quince años, no cuenta con la educación básica obligatoria y no asiste a un centro de educación formal.

  2. Nació antes de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria vigente en el momento en que debía haberla cursado (primaria completa).

  3. Nació a partir de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria (secundaria completa).

Avances al 2010

Para conocer su evolución, el CONEVAL realizó la medición del rezago educativo, a nivel nacional y por entidad federativa, con base en los censos de población y vivienda 1990, 2000 y 2010. Los resultados son los siguientes:

Porcentaje de la población con carencia por rezago educativo según entidad federativa, 1990-2010​