La Norma de Escolaridad Obligatoria del Estado Mexicano (NEOEM) establece que la población con carencia por rezago educativo es aquella que cumpla alguno de los siguientes criterios:
Tiene de tres a quince años, no cuenta con la educación básica obligatoria y no asiste a un centro de educación formal.
Nació antes de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria vigente en el momento en que debía haberla cursado (primaria completa).
Nació a partir de 1982 y no cuenta con el nivel de educación obligatoria (secundaria completa).
Avances al 2010
Para conocer su evolución, el CONEVAL realizó la medición del rezago educativo, a nivel nacional y por entidad federativa, con base en los censos de población y vivienda 1990, 2000 y 2010. Los resultados son los siguientes:
Porcentaje de la población con carencia por rezago educativo según entidad federativa, 1990-2010